VI VERI VENIVERSUM VIVUS VICI



mardi 25 septembre 2007

“Criterios” para determinar la “Regularidad Escocista” son del siguiente tenor:

1.- La Masonería Simbólica, que consta de los Grados de Aprendiz, Compañero y Maestro Masón, y está gobernada por las Grandes Logias Soberanas, es independiente de la Masonería del Rito Escocés y no está sujeta a ningún Oficial o Cuerpo de dicho Rito.

2.- Sólo las Grandes Logias pueden determinar lo que es o no es legítimo y Regular en la Masonería Simbólica.

3.- El Rito Escocés Antiguo y Aceptado comprende un total de Treinta Grados, complementarios pero no superiores a los tres Grados de la Masonería Simbólica, y el Gobierno de los mismos corresponde exclusivamente al Supremo Consejo.

4.- Los Supremos Consejos Regulares y legítimos solo pueden formarse por autoridad, directa o indirecta, derivada del Supremo Consejo del Grado 33º, Consejo Madre del Mundo, establecido bajo las Grandes Constituciones de 1786, en Charleston, Carolina del Sur, en el año de 1801 (e:.v:.).

5.- Los Supremos Consejos deberán estar integrados exclusivamente por Maestros Masones activos, pertenecientes a Logias Simbólicas Regulares. En consecuencia, la pérdida de la Regularidad Simbólica afecta la Regularidad en el Escocismo.

6.- Los Cuerpos Masónicos Regulares no pueden Regularizar, mediante tratado o fusión, a ningún Cuerpo Masónico Irregular.

7.- A nivel individual, los Masones que han incurrido en este tipo de Irregularidad, pueden ser Regularizados por un Cuerpo Masónico Regular si cumplen con los Estatutos adoptados por el Gran Cuerpo Gobernante Regular.

8.- Un Supremo Consejo de la Masonería del Rito Escocés Antiguo y Aceptado no tiene facultades para abrogar o ignorar ningún "Landmark" o Principio de la Masonería Simbólica.

9.- En la Masonería Escocista no puede existir Autoridad superior a la del Supremo Consejo, y ningún Cuerpo podrá imponerle restricciones, lo que ha sido determinado de acuerdo con las Grandes Constituciones de 1786.

10.- La Regularidad de un Supremo Consejo se ve afectada si declina alguno de sus poderes soberanos, o si condesciende a cualquier condición que se le imponga como prerrequisito para ser reconocido.

De esta manera, se ha ido conformando un grupo de Supremos Consejos que entre ellos se “reconocen” como “Regulares”, y que utilizan esos reconocimientos en sus respectivos países con el artificio de que son “la prueba irrefutable de que todos los Supremos Consejos del mundo” los tienen como tales......

Aucun commentaire: